Relación empresas
AIC EN LAS REDES

Adapte su organización a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD 15/1999), ley de obligado cumplimiento para todas las empresas, a través de la Asociación de Industriales AIC.
La Ley obliga a que cuando se dispongan de datos de carácter personal registrados en soporte físico (papel o informático):
* Cumplir las medidas de seguridad necesarias en función del tipo de datos que posean.
* Notificar a la Agencia de Protección de Datos de la existencia de ficheros con datos.
Se considera dato de carácter personal a todo aquel que nos identifica: Nombre y apellidos, DNI, una imagen, un teléfono, nuestro curriculum, datos de salud, afiliación sindical, los datos de una factura con nuestro número de cuenta, etc.
¿Quienes están obligados ?
Todas personas físicas que realicen una actividad económica, empresas, entidades públicas y otros organismos que gestionen datos de carácter personal.
¿Por qué debo adaptarme a la Ley Orgánica de Protección de Datos?
Tipo de Infracción / Sanción
LEVE (de 900 a 40.000 €)
GRAVE (de 40.001 a 300.000 €)
MUY GRAVE (de 300.001 a 600.000 €)
Las medidas de seguridad se clasifican en tres niveles acumulativos (básico, medio y alto) atendiendo a la naturaleza de la información tratada, en relación con la menor o mayor necesidad de garantizar la confidencialidad y la integridad de la información.
Nivel Básico:
Se aplicará entre otros, a los ficheros que solo contengan datos identificativos y a todos los niveles Medio y Alto.
Ejemplos: nombre, domicilio, teléfono, DNI, número de afiliación a la seguridad social, fotografía, firmas, correos electrónicos, datos bancarios, edad, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad, etc.
Nivel Medio:
Se aplicará esta protección, entre otros, a los ficheros que contengan datos relativos a solvencia patrimonial, operaciones financieras y de crédito; además de los ficheros que contengan un conjunto de datos que ofrezcan una definición de las características de la personalidad de los ciudadanos y que permitan evaluar aspectos de la personalidad o del comportamiento de los mismos.
Ejemplos: datos de personalidad, hábitos de consumo, hábitos de carácter, datos seguridad social, solvencia patrimonial y crédito, antecedentes penales, sanciones administrativas, pruebas psicotécnicas, currículos, etc.
Nivel Alto:
Son las que se aplican a los ficheros que contienen datos especialmente protegidos como los relativos a ideología, afiliación sindical y política, religión y creencias, origen racial, salud, alimentación, bajas laborales, vida y práctica sexual, etc.a
Según RD 1720/2007 por el cual se desarrolla la Ley Orgánica de Protección de Datos 15/1999.
Medidas de Seguridad Nivel Básico:
Medidas de Seguridad Nivel Medio:
Medidas de Seguridad Nivel Alto:
La Asociación de Industriales AIC cuenta con un equipo de trabajo altamente cualificado capaz de ofrecerle el mejor asesoramiento.
Prestamos un servicio integral para la adaptación de la LOPD en su empresa:
Realización de una toma de datos in situ en al empresa con el fin de recabar la información necesaria para identificar los ficheros existentes y elaborar toda la documentación jurídica y administrativa (Documento de Seguridad, Cláusulas Legales, etc.), así como gestionar el registro de sus ficheros de datos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Este primer paso de la consultoría de protección de datos nos permite definir los niveles de seguridad a aplicar en cada uno de los ficheros.
Una vez analizada la situación de su empresa, clasificamos sus ficheros en función de su contenido y finalidad, redactamos la documentación necesaria para realizar su inscripción y tramitamos el alta en la A.E.P.D..
Nuestro trabajo dentro del servicio de consultoría de protección de datos será el de cumplimentar los formularios y realizar la presentación de las solicitudes de inscripción de los ficheros, legalizando de esta manera la situación de su empresa ante la Agencia Española de Protección de Datos.
En esta fase del servicio de consultoría de protección de datos, se diseñan y elaboran los procedimientos legales, que serán personalizados para su empresa :
a) Redacción del Documento de Seguridad.
En nuestro Despacho Profesional, redactaremos las medidas de seguridad de índole técnica y organizativa para su empresa. En tal documento se establecerán los requisitos y condiciones que deban reunir los ficheros y las personas que intervengan en el tratamiento de los datos de carácter personal .
b) Elaboración del documento de confidencialidad.
Consiste en la redacción de los contratos entre la empresa y los trabajadores con acceso a información, quedando recogidas las cláusulas de deber de secreto .
También se elaborarán las cláusulas, circulares y textos legales necesarios para comunicar diversos aspectos referentes al cumplimiento de la LOPD.
c) Elaboración de contratos de tratamiento de datos. Estudio de la cesión de datos.
Redacción de los contratos destinados a los proveedores externos (como asesoría laboral o fiscal, mantenimiento informático, etc.), donde se establecerá expresamente que el encargado del tratamiento (asesoría), únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones de la empresa (responsable), y que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figure en dicho contrato.
d) Redacción de las cláusulas legales de información
Consiste en la redacción de las cláusulas legales de la información para que los interesados a los que se les soliciten los datos personales sean previamente informados de modo expreso, preciso e inequívoco mediante éstas, utilizadas como notas de advertencia legal informativas.
e) Mantenimiento de la LOPD en el tiempo
f) Formación al Responsable de Seguridad
Solicite más información a través de la siguiente dirección de e-mail.